Hay una vía de ingresos que funciona sola una vez configurada y que muchísimos artistas independientes tienen desactivada sin saberlo. Se llama Content ID y consiste en cobrar cada vez que alguien usa tu música en un vídeo de YouTube. Qué es exactamente Content ID es el sistema de identificación automática de YouTube. Funciona con una especie de huella digital del audio: registras tu grabación, el sistema genera su huella, y a partir de ahí escanea continuamente todo lo que se sube a la plataforma buscando coincidencias. Cuando alguien sube un vídeo con tu música (un vlog, un montaje, un vídeo de baile, un directo de videojuegos, un anuncio casero), el sistema lo detecta y aplica la política que tú hayas configurado. Las tres opciones cuando detecta tu música- Monetizar: el vídeo sigue publicado y los ingresos publicitarios pasan a ti. Es la opción que quieres el 95 % de las veces.
- Rastrear: no cobras, pero recibes estadísticas de dónde y cuánto se usa tu música. Útil para detectar oportunidades.
- Bloquear: el vídeo se retira o se silencia. Reservado para usos que realmente no quieras.
- Versiones de canciones ajenas, aunque la grabación sea tuya: la composición no lo es.
- Temas con samples sin licencia.
- Colaboraciones donde no tengas acuerdo escrito con la otra parte.
- Beats o instrumentales que compraste con licencia no exclusiva. Ese beat lo han comprado otros, y reclamar sobre él te enfrentará a ellos.
- Música de librería o de uso libre.
- Content ID: cobras cuando otros usan tu música.
- Programa de socios de YouTube: cobras por los anuncios en tus vídeos, con requisitos de suscriptores y horas de visualización.
- Art Tracks: los vídeos automáticos con la portada que YouTube genera de tu catálogo distribuido. Generan ingresos sin que hagas nada.
- Content ID. Cobras cuando otros usan tu música. Se accede a través de tu distribuidora. No requiere que tengas canal ni suscriptores.
- Programa de socios (tu canal). Cobras por la publicidad en tus propios vídeos. Requiere alcanzar los umbrales de suscriptores y horas de visualización que fije la plataforma.
- Art Tracks. Los vídeos automáticos con tu portada que YouTube genera a partir de tu catálogo distribuido. Se activan solos si tu distribuidora los entrega, y generan ingresos sin que hagas nada.
- Es tu propia huella. Si registraste el tema en Content ID a través de tu distribuidora y luego subes un vídeo con él, el sistema se reconoce a sí mismo. Normalmente basta con vincular tu canal como canal oficial del artista o resolver la reclamación desde el panel.
- Es una distribuidora antigua. Si cambiaste de servicio, puede que la anterior siga teniendo tu catálogo registrado. Hay que pedirle que lo libere.
- Es un tercero reclamando indebidamente. Ocurre con recopilatorios y con sellos que registran en bloque. Se disputa aportando la documentación de tu titularidad, y aquí es donde agradeces tener los ISRC y los contratos guardados.
- Haz inventario de tu catálogo y marca qué temas son cien por cien tuyos, cuáles llevan samples, cuáles son versiones y cuáles usan beats con licencia. Sólo el primer grupo entra.
- Reúne los acuerdos escritos de las colaboraciones. Si vas a reclamar sobre una canción compartida, necesitas poder demostrar qué parte te corresponde.
- Vincula tu canal oficial de artista antes de registrar, para evitar reclamaciones contra tus propios vídeos.
- Decide la política por defecto y déjala en monetizar, no en bloquear.
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